Una participación social activa no solo alude a estar presente en la propia sociedad, sino a involucrarse en ella y tener la posibilidad de participar en todos sus ámbitos sociales, como pueden ser la educación, el mercado laboral, el ocio, la cultura. De hecho, en base a la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) el acceso y la participación en la vida cultural es un derecho reconocido. La Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (2015) afirma que “Las personas con discapacidad tienen derecho a participar en igualdad de condiciones. Por ello, la accesibilidad a la oferta cultural implica que toda la ciudadanía, debe tener aseguradas las condiciones para garantizar dicha participación.
Entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (2015-2030), impulsados por Naciones Unidas, el ODS 11, el cual se refiere a las ciudades y comunidades sostenibles, siendo su objetivo lograr que las ciudades y sus servicios sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles, para lo cual, se establecen una serie de compromisos relativos a la inclusión y participación, la accesibilidad universal, la autonomía personal y los productos de apoyo.
En la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ONU; 2006 se estipulan ajustes razonables que abocan a «las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales”.
La accesibilidad cultural implica brindar iguales condiciones de participación a todas las personas que forman parte de una sociedad determinada, que por alguna razón física, sensorial o cognitiva presentan dificutades para el pleno disfrute de sus derechos, teniendo en cuenta las barreras provocadas por las actitudes y por el ambiente que los rodea. La accesibilidad cultural comprende: sensibilización social; normas de protección para las personas con discapacidad; y adaptación para el pleno uso del espacio entendiéndolo como el lugar donde sucede el hecho cultural en todas sus dimensiones. Y habilita a todas las personas al derecho a disfrutar de las expresiones artísticas y culturales; fomenta la participación de las comunidades beneficiarias por excelencia en diferentes roles dentro de los procesos culturales y promueve el intercambio de experiencias y saberes vitales en el desarrollo óptimo de la persona. Y para ello involucra a: organismos gubernamentales, instituciones, asociaciones, organizaciones vinculadas a las personas con discapacidad y profesionales vinculados a la cultura, educación, ciencia, tecnología, salud y comunicación social, entre otros.
La herramienta diseñada para garantizar la accesibilidad y la inclusión en espacios públicos y privados culturales está basada en un marco normativo sólido y respetuoso con los derechos de las personas con discapacidad. Su objetivo principal es que el personal encargado de distintos equipamientos culturales pueda autoevaluar la disponibilidad de medidas que faciliten la accesibilidad de sus instalaciones. La herramienta consta de 8 secciones con preguntas de respuesta múltiple, disponiendo al final de cada sección de un espacio para recoger cualquier comentario u observación relevante en materia de accesibilidad. Los ítems a evaluar incluyen los siguientes apartados: transporte, acceso, movilidad interior, servicios, comunicación e información, programación cultural inclusiva, personal de atención capacitado para asistir a personas con discapacidades: (formación del personal en trato inclusivo), y compromiso con la inclusión: (promoción del buen trato, sensibilidad, deseo de interactuar en un ambiente seguro y positivo que promueve la autonomía personal).